Sisalril prohíbe requerir fotografías a afiliados para autorizar servicios de salud

La circular SSRL-INT-2025-001714 protege la dignidad y privacidad de los pacientes en el sistema de salud

Santo Domingo.– La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) emitió este lunes la circular SSRL-INT-2025-001714, en la que prohíbe a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril) exigir fotografías a los afiliados como requisito para autorizar servicios médicos.

De acuerdo con la entidad reguladora, esta práctica carece de sustento legal y constituye una barrera innecesaria que restringe el acceso oportuno y equitativo a la atención médica.

Derechos y privacidad de los afiliados

La Sisalril recordó que la Constitución de la República, así como leyes generales y especiales, consagran los derechos fundamentales a la dignidad, intimidad y honor personal de los ciudadanos. En este sentido, citó además la Ley 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, que garantiza la confidencialidad de la información en salud.

La institución subrayó que el mecanismo válido para verificar la pertinencia de los servicios de salud son las auditorías médicas, que pueden realizarse antes o después de la prestación, pero nunca deben interferir, limitar o retrasar la atención del paciente.

Excepciones y controles

La única excepción permitida será en casos documentados en que existan sospechas legítimas de fraude o uso indebido de las coberturas del Plan Básico de Salud. En esos casos, la ARS deberá obtener el consentimiento informado y por escrito del afiliado antes de solicitar imágenes.

Denuncias y sanciones

La medida responde a denuncias de ciudadanos que alegaron haber sido obligados a enviar fotografías para poder recibir atenciones médicas.

La Sisalril advirtió que el incumplimiento de la circular podrá dar lugar a procesos administrativos sancionadores, en virtud de lo establecido por la Ley 87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social, sus normas complementarias y el Reglamento de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y de Riesgos Laborales.

Con esta disposición, el organismo busca eliminar trabas administrativas, fortalecer la transparencia y garantizar el acceso universal y justo a los servicios de salud para todos los afiliados.

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