Tribunal rechaza libertad condicional a Pablo Ross por falta de arrepentimiento y resarcimiento social

La jueza Licelot Casado consideró que el excomunicador no cumple con los requisitos de la ley ni ha demostrado un cambio de conducta o reparación moral hacia la víctima y la sociedad.

Santo Domingo, RD.– El Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, presidido de manera interina por la jueza Licelot Casado, rechazó la solicitud de libertad condicional presentada por el interno Pablo Ross, quien cumple una condena de 10 años de prisión por abuso sexual contra una menor de edad, al considerar que el solicitante no ha mostrado arrepentimiento genuino ni resarcimiento social.

La magistrada sostuvo que Ross no ha cumplido con los criterios que establece la ley 224-84 sobre régimen penitenciario para obtener ese beneficio, al no demostrar una reinserción social efectiva ni presentar un garante idóneo que respalde su solicitud.

“El interno no ha mostrado evidencia de un cambio de conducta ni de arrepentimiento por los hechos que motivaron su condena. No ha existido resarcimiento moral, psicológico o social que justifique su puesta en libertad”, indicó la jueza Casado en su decisión.

Durante la audiencia, los padres de la víctima expresaron ante el tribunal que no ha existido reparación alguna ni disculpas públicas o privadas hacia su familia, ni acciones que demuestren arrepentimiento o compensación por el daño causado.

La jueza también desestimó el garante presentado por la defensa, al concluir que no cumplía los requisitos legales de solvencia y credibilidad, a pesar de alegar ser propietario de una empresa con 14 años de operación. No se presentaron documentos que avalaran dicha afirmación.

Por otro lado, la defensa de Ross presentó certificados médicos sobre un supuesto deterioro de salud del condenado, pero el tribunal no los valoró debido a que no fueron compartidos con las demás partes del proceso, incumpliendo con el principio de contradicción.

El centro penitenciario, sin embargo, emitió una certificación oficial en la que consta que el interno se encuentra en buen estado de salud y continúa cumpliendo su condena sin incidentes disciplinarios.

La jueza Licelot Casado estableció que los abogados defensores podrán volver a solicitar la libertad condicional dentro de un plazo de tres meses, contados a partir de la notificación oficial de la sentencia, siempre que se presenten nuevos elementos de prueba o evidencias de resocialización.

El caso de Pablo Ross continúa generando debate público en torno a los criterios judiciales para la concesión de libertades condicionales y al rol del arrepentimiento y el resarcimiento moral como elementos esenciales en los procesos de reintegración social.

Fuente: El Día

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